Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 12 junio 2025.

Concurso de Traslados Personal Laboral (listados provisionales)

    Con fecha 4 de septiembre se publica RESOLUCIÓN por la que se dispone la publicación de la relación y valoración provisional de personas participantes admitidas y excluidas aprobada por la Comisión de Valoración del Concurso de Traslados para Personal Laboral Fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid.

    05/09/2024.
    Concurso de traslados

    Concurso de traslados

    Se resuelve:

    Dar publicidad a la relación y valoración provisional de personas participantes admitidas y excluidas.

    Dicha relación se expondrá en el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/concurso-traslados-personal-laboral-2024 y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es: — https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-traslados-personal-laboral.

    Todas las personas solicitantes que hayan quedado provisionalmente excluidos, así como las que no figuraran en la relación y valoración provisional de aspirantes admitidos y excluidos dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para proceder a las correspondientes subsanaciones.

    En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, las personas que no estén conformes con la valoración provisional realizada, deberán presentar escrito de alegaciones, en el que expongan brevemente los motivos de su disconformidad y en el que, en su caso, indiquen los méritos profesionales cuya valoración solicitan y no consten o estimen que constan de forma incorrecta en la relación de servicios prestados publicada, adjuntando la documentación acreditativa de las alegaciones formuladas.

    La subsanación de los defectos que hubieran motivado la exclusión o la no inclusión expresa de la persona solicitante, así como las alegaciones que, en su caso, correspondan, tendrán que formularse en el impreso disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

    Solo se podrán formular desistimientos totales o parciales de los puestos solicitados durante el plazo habilitado al efecto en la base 8.3 de la precitada Resolución, salvo que exista una modificación posterior de las condiciones de trabajo de alguno de los puestos inicialmente ofertados, en cuyo caso la persona interesada podrá desistir de la solicitud al puesto o puestos que hubieran sido objeto de dicha modificación, en el plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de las nuevas condiciones del puesto afectado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.