Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 21 julio 2025.

Incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024.

    21/07/2025.
    Calculadora

    Calculadora

    La Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 dispone en su artículo 21.2 que las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar un incremento global respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a los efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo. No obstante, la Disposición Adicional Decimonovena de la citada Ley 15/2023, de 27 de diciembre, establece que su aplicación se adecuará en las materias afectadas a las disposiciones que, con carácter básico, se dicten por el Estado y, en especial, las relativas a incremento retributivo, oferta de empleo público, tasa de reposición de efectivos y su cálculo, y sectores prioritarios y habilita al Consejo de Gobierno para adoptar las decisiones que procedan en esta materia, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en el marco de la política económica autonómica. Por su parte, la actual Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 mantiene la misma habilitación al Consejo de Gobierno.

    El Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2024), para dar cumplimiento al Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, firmado el 19 de octubre de 2022, en el que se fijó el incremento retributivo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas entre los años 2022 y 2024, establece en su artículo 6, que tiene carácter básico y se dicta al amparo de los artículos 149.1.13.a) y 18.a) de la Constitución Española, un incremento salarial fijo del 2 por 100, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior, que se materializó en la Comunidad de Madrid por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2024.

    Por su parte, el artículo 6.2 de dicho Real Decreto-Ley establece que:

    «2. Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2024, se aplicará, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por 100, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024”.

    Una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA del mes de enero de 2025, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de julio de 2025, se ha aprobado el incremento del 0,5 % en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio.

    Por lo tanto, conforme a lo señalado, se asume en el ejercicio 2025, el incremento de las retribuciones del personal al servicio de su Sector Público coincidente con el límite de los máximos porcentajes establecidos a esos efectos por dicha normativa básica estatal, extendiéndose en el ámbito de la Comunidad de Madrid la percepción del nuevo incremento aprobado, con efectos de 1 de enero de 2024, a los Altos Cargos de la Comunidad de Madrid y al resto del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, con la limitación prevista en el artículo 21.10 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, que exceptúa a la Presidenta de la Comunidad de Madrid de la aplicación de los incrementos retributivos que con carácter básico dicte el Estado.

    Por todo lo expuesto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, y previa deliberación en su sesión del día 16 de julio de 2025,

    Enlaces relacionados
    Enlaces relacionados