Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 29 marzo 2025.

Nuevo permiso retribuido para la donación de órganos

    04/03/2025.
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    El 3 de marzo de 2025 ha entrado en vigor el nuevo permiso retribuido para donación de órganos, así como la nueva situación especial de IT por contingencias comunes.

    La norma reconoce las bajas laborales por donación como “situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes” y concede “permisos retribuidos por el tiempo indispensable” durante todo el procedimiento para que el donante acuda a las pruebas requeridas.

    Ambas medidas se establecen a través de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre.

    Permiso retribuido para donación de órganos

    Se añade una nueva letra g) en el apartado 3 del artículo 37 del ET y m) del artículo 48 del TREBEP:

    Establecen el derecho de la persona trabajadora, previo aviso y justificación, para ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, «por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo».

    El objeto de esta modificación no es otro que el de articular un permiso retribuido por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de información, para la realización de los preceptivos informes y exámenes clínicos, incluida la exploración médica, previos a la determinación de idoneidad de los donantes vivos y de sus órganos o tejidos, así como para la prestación del consentimiento, siempre que deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

    Nueva situación de incapacidad temporal especial por donación de órganos o tejidos

    Estos procesos de donación de órganos o tejidos se configuran como supuestos especiales de incapacidad temporal, otorgándoseles un regimen específico de protección para que no suponga perjuicios económicos y con una cobertura lo más amplia posible.

    Para tener derecho a la prestación no se exigirá ningún período previo de cotización, cubriendo tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en que el donante no pueda prestar servicios debido a la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta hasta que sea dado de alta por curación.

    CCOO, valorando positivamente la medida, reclama la extensión del carácter retribuido a la totalidad de permisos de cuidados y de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

    Toda la información a través del enlace a CCOO Informa nº 13