Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 3 octubre 2024.

CCOO interpone recurso de alzada contra la Resolución de Regulación de las listas de interinidad

    15/08/2023.
    RECURSO DE ALZADA

    RECURSO DE ALZADA

    ​CCOO interpone RECURSO DE ALZADA contra la RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios, publicada el pasado día 25 de mayo de 2023

    ​CCOO ya advirtió que si se aplicaba el Acuerdo de Interinos a las convocatorias de oposiciones que se habían convocado con anterioridad, cuyos plazos de inscripción ya estaban cerrados, se estaría vulnerando la norma y perjudicando a los opositores e interinos.

    ​En la base 3.2.2. de la Resolución de 19 de mayo de 2023, “Ordenación de las listas”, se indica lo siguiente:

    ​“una vez finalizados los procedimientos selectivos, se procederá a elaborar las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad derivadas de dichos procedimientos para el curso escolar 2023-2024, de conformidad con lo señalado en la base primera de esta Resolución.

    • Para cada especialidad, los aspirantes se ordenarán en una lista única en función de la puntuación global obtenida, que será el resultado de sumar las puntuaciones de cada uno de los apartados de que consta el baremo, según figuran en el Anexo II de esta Resolución.
    • Criterios de desempate: en caso de igualdad de puntuación total, los aspirantes se ordenarán por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los puntos del apartado 1 del Anexo II y por el orden en que aparecen en el mismo. De continuar el empate, se dará prioridad a quienes tengan puntuación en el apartado 2.2. del Anexo II. Si persistiera el empate, se ordenarán por la mayor puntuación obtenida en el último procedimiento selectivo”.

    ​Esta Base 3.2.2. vulnera el contenido de las bases de la convocatoria de los procedimientos selectivos en curso por el sistema de concurso oposición, publicados en el BOCM en fechas 08/02/2022 y 27/12/2022.

    ​El establecimiento de un nuevo baremo para la ordenación de las listas de interinos supone una modificación de las bases de las convocatorias en curso, prohibida por jurisprudencia, de lo cual avisamos a RRHH en las mesas sectoriales y a lo que respondieron que consultarían con su departamento jurídico.

    ​Las Resolución de las convocatorias remiten para la formación de las listas de interinos a lo dispuesto en el Acuerdo de interinos de 2016, mientras que la Resolución de 19/05/2023 introduce una nueva forma de baremación de méritos para la formación de las citadas listas.

    CCOO, por tanto, ha interpuesto en tiempo y forma Recurso de Alzada al considerar que procede, en consecuencia, la revocación de la RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios, solicitando que se deje sin efecto, procediéndose a la publicación de una nueva que remita, para la formación de las listas de interinos, a lo dispuesto en el Acuerdo de 10 de mayo de 2016,

    ​La Comunidad de Madrid debe actuar evitando la arbitrariedad en sus decisiones y, en todo caso, no vulnerando los derechos de los participantes e interinos docentes que se han inscrito en las convocatorias de oposiciones con unas normas que, posteriormente, se han visto modificadas, y que afectan de manera directa a sus posibilidades laborales del próximo curso.

    ​Está consolidado el principio de que las bases de una convocatoria de un proceso selectivo son la ley de la misma y, como tal, vinculan tanto a los participantes como a la Administración, por lo que no existe duda alguna de que dichas bases deben ser respetadas.