Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 4 junio 2025.

NOTA INFORMATIVA

Tramitación partes de incapacidad temporal

    27/01/2023.
    Nota informativa

    Nota informativa

    Ante las dudas planteadas con la publicación del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, que modifica la actual tramitación de los partes de alta y baja médica para los trabajadores afiliados al Régimen General de la Seguridad Social se informa:

    1. La nueva regulación solo afecta al personal docente y al personal de administración y servicios que pertenezca al régimen general de la seguridad social, por tanto, no es de aplicación al personal de MUFACE.
    2. La citada normativa no entrará en vigor hasta el próximo día 1 de abril, por tanto hasta esta fecha todos los empleados, sea cual sea su régimen de pertenencia, deben enviar los partes de IT a su correspondiente DAT, informando, inmediatamente de ser conocedor de la baja, a su respectivo centro educativo.
    3. Una vez que entre en vigor solo los empleados pertenecientes al régimen de seguridad social, dejarán de tener que presentar los partes en la DAT, puesto que será el INSS el que comunicará tal circunstancia a las empresas.
    4. Esta normativa no afecta a los justificantes médicos (no partes de baja) emitidos para justificación de las ausencias menores o iguales a tres días. El empleado debe avisar de su ausencia, lo antes posible, al director del centro y presentar el correspondiente justificante médico en el centro educativo el mismo día de la incorporación al puesto de trabajo.

    Una vez entre en vigor la nueva normativa, en el Manual de Permisos y Licencias publicado en el Portal personal +educación se recogerán los pertinentes cambios y podrán consultar la nueva tramitación.

    Documentación asociada
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