Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 11 septiembre 2025.

Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C)

    11/09/2025.
    Integrador Social

    Integrador Social

    RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se procede a la exclusión de aspirantes de las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.Mediante 2736/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de categoría profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 15 de diciembre).

    De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la base tercera de la mencionada Orden 2736/2022, de 24 de noviembre, para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todos los requisitos que se recogen en el la base sexta, apartado 6.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y, además, el requisito de no ostentar la condición de personal laboral de la categoría profesional objeto de la presente convocatoria.

    Mediante Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 245, de 14 de octubre de 2024), fueron aprobadas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo de referencia, se publicó el listado definitivo de personas aspirantes excluidas en aquellas, y se anunció la apertura del plazo acreditación de los méritos alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes

    Durante el desarrollo reseñado proceso, se ha comprobado que ciento doce (112) personas aspirantes admitidas que han concurrido al mismo han accedido a ostentar la condición de personal laboral de la categoría profesional de Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, tras haberles sido adjudicadas plazas como tales por Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de 20 de mayo de 2025), y haber efectuado, en los términos expuestos en esta, la formalización del correspondiente contrato de trabajo en el puesto de trabajo adjudicado.

    En virtud de cuanto antecede, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

    RESUELVE

    Primero

    Proceder a la exclusión, de las personas aspirantes que a continuación se detallan, del Proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 2736/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 15 de diciembre de 2022), al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, al no mantener el requisito exigido en el apartado primero de la base tercera de la mencionada Orden 2736/2022, de 24 de noviembre:

    Enlaces relacionados
    Enlaces relacionados