Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 9 junio 2025.

El estrés térmico en el lugar de trabajo. Un riesgo laboral que debe prevenirse

    09/06/2025.
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    Alertas de temperaturas muy altas los próximos días

    Ola de calor con posibles máximas de 38ºC ‼️

    �� La temperatura no puede superar los 27 Grados��

    Muchos centros no siguen el cumplimento de la ley ni la salud de alumnado, del profesorado y personal educativo.

    Os recordamos que si la temperatura en las aulas, laboratorios u otras dependencias donde hay que realizar tareas docentes o educativas es excesiva hay que actuar.

    Te proponemos:

    1. Registra la temperatura con un termómetro.

    2. Haz una foto ��

    3. Envía la foto a tu delegada/o o al correo:

    saludlaboraleducacion@fe.ccoo.es

    universidad.madrid@fe.ccoo.es

    CCOO actúa contigo: los delegados y delegadas de prevención solicitarán medidas y de no obtener respuesta denunciarán ante inspección de trabajo.

    Si se supera esa temperatura ¡actúa! Y CCOO actúa contigo.

    El Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS) de CCOO ha elaborado un estudio sobre las medidas y protocolos de actuación por el estrés térmico en el lugar de trabajo, un riesgo laboral que debe ser prevenido

    El calor es un riesgo laboral reconocido y las empresas tienen la obligación de asegurar la salud e integridad de sus plantillas, así como responder legalmente ante su incumplimiento y los daños que se puedan ocasionar.

    Las condiciones de trabajo, horarios, ritmo y tipo de tareas, son determinadas por la empresa, influyendo en el estrés térmico al que se exponen los trabajadores/as. El cambio climático agrava esta situación, aumentando la frecuencia e intensidad de las olas de calor.

    En estos periodos de altas temperaturas surge la necesidad de evaluar el riesgo por estrés térmico siguiendo los principios de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, utilizando métodos precisos como la "Temperatura de Bulbo Húmedo" (WBGT).

    Como medidas preventivas entendemos que resulta esencial tanto potenciar la negociación entre las partes, así como establecer normas de obligado cumplimiento en la planificación de la actividad preventiva. En este y otros casos, es fundamental el refuerzo de la actividad de la Inspección de Trabajo,

    Entre las medidas de protección se sugieren la eliminación de la fuente de calor, la sustitución de procesos que generen calor, medidas organizativas como adaptar horarios y aumentar descansos, medidas de protección individual como EPIs, y medidas técnicas como automatizar procesos y suministrar refrigeración.

    Se subraya la importancia de establecer protocolos de actuación frente al calor, negociados entre la empresa y la representación de los trabajadores/as, llegando a la posibilidad de paralizar la actividad ante un riesgo grave e inminente. La negociación colectiva se presenta como un espacio para mejorar los mínimos legales y profundizar en medidas preventivas.

    Toda la información a través del enlace a CCOO Informa UU Privadas nº 1

    Temperaturas: ni frío ni calor (Gaceta Sindical)

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