Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 20 noviembre 2024.

Novedades: recuperación de periodos cotizados en prácticas formativas

  • Se pueden solicitar la suscripción de dos convenios especiales, uno por las prácticas y otro como investigador/a

13/11/2024.
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Tras la publicación de la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, en la que se establecieron las condiciones para la recuperación de periodos cotizados ligados a la realización de becas y prácticas formativas anteriores a las reformas acordadas en la mesa de diálogo social (2011), CCOO manifestó su disconformidad con la nueva reglamentación, que no fue objeto de negociación alguna, y que poco tenía que ver con aquella de 2011, muchísimo más favorable

Ante esto, CCOO solicitó al gobierno que se modificarán los plazos para acceder, las cuantías a ingresar, la limitación de los períodos a reconocer, etc., denunciando, además, que esa nueva reglamentación se configuraba como una opción que hacía materialmente imposible, en muchos casos, o muy oneroso, en otros, el ejercicio del pretendido nuevo derecho.

Pueden solicitar este convenio especial las personas que han desarrollado prácticas formativas, tanto remuneradas como no remuneradas, en un momento anterior al que se estableció como obligatorio cotizar por las mismas como consecuencia de las reformas de pensiones de 2011 y 2023. En CCOO Informa nº 51 te detallamos concretamente quién puede suscribir el convenio, así como la referencia a las fechas según la naturaleza, remunerada o no, de las prácticas desarrollada.

La novedad es que es posible la suscripción de dos convenios especiales, uno por periodo de prácticas y otro como investigador, siempre que los periodos no coincidan (no se superpongan).

Os recordamos, una vez más, la necesidad de valorar si realmente se necesitan dichos períodos adicionales de cotización para acceder al 100% de la pensión que pudiera corresponder en el momento de acceso a la jubilación. Para ello el primer paso es consultar los requisitos de edad y períodos de cotización tomando como referencia la fecha en que se pretende acceder a la jubilación.

Toda la información a través del enlace a CCOO Informa nº. 51