Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 12 octubre 2024.

Medidas acordadas con CCOO y que entran en vigor el 2 de agosto

Se reducen los requisitos para la recuperación de hasta 5 años de cotizaciones por antiguas prácticas formativas

    Los nuevos requisitos, acordados con CCOO, entrarán en vigor a partir del día 2 de agosto de 2024. Suponen una importante rebaja en el coste del convenio especial y garantizan la posibilidad de recuperar hasta 5 años de cotización por periodos de prácticas formativas antiguas.

    01/08/2024.
    Becarios

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    El derecho a cotizar por las prácticas formativas universitarias o de formación profesional nació por iniciativa sindical y se creó en el acuerdo de diálogo social para la reforma de pensiones de 2011 del que CCOO formaba parte.

    Este derecho, inicialmente previsto solamente para quienes desarrollaban una práctica formativa remunerada ha permitido que cada mes vengan cotizando por este concepto entre 60.000 y 90.000 jóvenes estudiantes.

    En el acuerdo de diálogo social para la Reforma de pensiones de 2023, también con la participación de CCOO, se ha mejorado este derecho extendiéndolo desde el 1 de enero de 2024 a las prácticas formativas no remuneradas. Aunque todavía no hay datos oficiales, la cifra de jóvenes estudiantes que han comenzado a cotizar por esta vía supera los 600.000.

    Precisamente para garantizar la máxima cobertura en este derecho, el acuerdo de pensiones de 2023 incluía la posibilidad de que también pudiesen beneficiarse del mismo las personas que realizaron prácticas formativas antes de la entrada en vigor de este derecho y no pudieron cotizar en aquel momento. Para ellos, la reforma incluía la posibilidad de que pudieran acceder a un convenio especial con la Seguridad Social para que se les reconozcan como cotizados aquel periodo.

    En mayo pasado el Ministerio de Seguridad Social publicó una Orden Ministerial regulando estos convenios especiales que, sin embargo, presentaba unos requisitos excesivos. Por ello CCOO reclamó al Ministerio un cambio en los requisitos orientadas a reducir los costes del convenio y ampliar su duración. Esta propuesta fue finalmente objeto de acuerdo entre el Ministerio y las organizaciones sindicales y finalmente se ha publicado en el BOE una revisión de la Orden Ministerial original, de modo que los nuevos requisitos entrarán en vigor a partir del 2 de agosto de 2024 y el plazo de solicitud del convenio alcanza hasta el 31 de diciembre de 2028.

    En lo relativo a la reducción de costes para que el nuevo convenio sea accesible a todas las personas que lo precisen, se ha vuelto al esquema de financiación que ya se pactó en el año 2011, en la regulación que tuvo el primer convenio acordado en la mesa de diálogo social con el mismo objetivo. En concreto, las medidas son la utilización de las bases de cotización de los periodos en los que se produjo la práctica formativa y la posibilidad de solicitar el pago fraccionado de las cuotas.

    Ambas medidas suponen una importantísima reducción del coste del convenio, respetando en todo caso tanto la naturaleza jurídica del instrumento como su carácter estrictamente contributivo. De este modo, el coste del convenio pasaría de los actuales 290 €/mes a una cifra que se situaría entre 40 y 140 €/mes por los periodos de prácticas que se produjeron entre 1980 y 2006.

    El fraccionamiento de cuotas, además, es una medida adicional especialmente importante para quienes tienen que recuperar periodos de tiempo más amplios. El importe total del Convenio Especial podrá así fraccionarse hasta un máximo de 7 años (hasta 84 cuotas mensuales).

    En lo relativo a la ampliación de los periodos de tiempo que pueden recuperarse mediante este convenio especial, se ha establecido que pueda utilizarse para recuperar un máximo de 5 años. De modo que este periodo puede completar incluso otros periodos de cotización diferentes que en su momento se hayan podido cotizar con otros convenios especiales previos.

    El Convenio Especial se convierte así en un instrumento que da respuesta a la mayoría de las situaciones que presenta el colectivo afectado, aunque CCOO es consciente de que existe aún un número relevante de personas con lagunas de cotización que superan el tiempo que se ha podido recuperar como cotizado. Para este colectivo CCOO ha instado al Ministerio a buscar medidas en paralelo al convenio que puedan garantizar la plena cobertura de las lagunas de cotización, al tiempo que advierten de que dicho convenio en ningún caso supone la renuncia a la legítima reivindicación para que se reconozca la actividad laboral plena en aquellas actividades de investigación que así lo hayan sido.