Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 14 agosto 2024.

¿Cómo queda el concurso de traslados?

    Desde CCOO seguiremos trabajando para mejorar el proceso en la orden con las normas procedimentales que publique el ministerio.

    18/07/2024.
    ¿Cómo queda el concurso de traslados?

    ¿Cómo queda el concurso de traslados?

    ¿Cómo queda el Concurso de Traslados? Nuevo RD 677/2024

    1.Antigüedad

    1.1. Antigüedad en el centro

    1.1.1. Por años con destino definitivo en el centro

    ·1º y2º: 4 puntos por año.

    ·3º: 6 puntos.

    ·4º y siguientes: 8 puntos por año.

    1.1.2. Por años con destino provisional 4 puntos por año.

    1.1.3. Centros de especial dificultad

    Se añade a1.1.1 o 1.1.2: 4 puntos por año.

    1.2. Antigüedad en el cuerpo

    ·Mismo cuerpo: 2 puntos por año.

    ·Distinto cuerpo mismo mayor subgrupo: 1,5 por año.

    ·Distinto cuerpo menor subgrupo: 0,75 por año.

    2.Pertenencia a Cuerpo de Catedráticos/as 5 puntos.

    3.Méritos académicos Máximo 10 puntos

    3.1. Doctorados, postgrados y premios extraordinarios (universitarios de Artísticas Superiores)

    3.1.1. Por cada título de Doctor 6 puntos.

    3.1.2. Por cada máster de al menos 60 créditos 3 puntos.

    3.1.3. Por cada suficiencia investigadora o estudios avanzados 2 puntos.

    3.1.4. Por premio extraordinario de doctorado 1 punto.

    3.2. Otras titulaciones de nivel superior (universitarias de Artísticas Superiores)

    3.2.1. Por cada título de grado 5 puntos (si tiene convalidaciones por otras enseñanzas 2,5 puntos).

    3.2.2. Titulaciones de primer ciclo 3 puntos por cada una.

    3.2.3. Titulaciones de segundo ciclo 3 puntos por cada una.

    3.3. Titulaciones oficiales de FP, Idiomas, Artísticas Profesionales y Deportivas

    ·Idiomas: C2 4 puntos; C1 3 puntos; B2 2 puntos; B1 1 punto.

    ·Por cada título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior o Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente: 2 puntos.

    ·Por cada título Profesional de Música o Danza: 2 puntos.

    4.Cargos directivos y otras funciones Máximo 30 puntos

    4.1. Director de centros públicos docentes 4,5 puntos por año.

    4.2. Vicedirector, subdirector, jefe de estudios, secretario y asimilados 3 puntos por año.

    4.3. Cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas 1,5 puntos por año.

    La norma procedimental determinará la puntuación máxima a obtener por el subapartado 4.3, que no excederá de 10 puntos.

    5. Formación y perfeccionamiento Máximo 15 puntos

    ·Actividades de formación superadas, al menos, 9puntos, arazónde0,1000 puntos por cada diez horas de actividades de formación acreditadas.

    ·Otras especialidades del cuerpo adquiridas: 1 punto por cada una.

    ·Certificados de acreditación de la competencia digital al menos 3 puntos.

    ·Competencia lingüística en un idioma extranjero, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: porcada C2: 4 puntos; C1 3 puntos; B2 2 puntos; B1 1punto. (Cada idioma solo se valorará una vez en este o en el apartado 3.3)

    6.Otros méritos Máximo 15 puntos

    · Méritos entre los que podrán figurar los del ámbito artístico, científico, deportivo, técnico o tecnológico, los premios de ámbito autonómico, nacional o internacional.

    ·Participación en proyectos de investigación o innovación en el ámbito dela educación, así como, en su caso, los derivados de las peculiaridades lingüísticas que correspondan al perfil delos puestos dependientes de comunidades autónomas.

    ·Desempeño de puestos en la Administración educativa, la evaluación de la función docente, formar parte de los tribunales de los procedimientos selectivos, la tutorización de las prácticas recogidas en los títulos oficiales.

    ·La tutorización de la fase de prácticas de aquellas personas aspirantes que resulten seleccionadas por haber superado las fases de oposición y concurso de los procedimientos selectivos de ingreso.

    Criterios para desplazamientos:

    - Cuerpo de Maestras y Maestros:

    a) Menor antigüedad ininterrumpida, con destino definitivo, en el centro.

    b) Menor tiempo de servicios efectivos como personal funcionario del Cuerpo de Maestros/as.

    c) Año más reciente de ingreso en el cuerpo.

    d) Menor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo.

    - Para el resto de los cuerpos:

    a) Menor antigüedad ininterrumpida, con destino definitivo, en el centro.

    b) Menor tiempo de servicios efectivos como personal funcionario del cuerpo al que pertenezca cada funcionario.

    c) Año más reciente de ingreso en el cuerpo.

    d) No pertenencia, en su caso, al correspondiente Cuerpo de Catedráticos/as.

    e) Menor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo.

    Se añade una disposición transitoria cuarta para evitar problemas de baremación en las especialidades que han cambiado de cuerpo en FP.