Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 25 abril 2024.

Equipos de Orientación: CCOO exige la retirada de la Circular de Funcionamiento de los EAT Y EOEP para la el curso 2022/2023

    09/06/2022.
    CCOO exige la retirada de la Circular de Funcionamiento de los EAT Y EOEP para la el curso 2022/2023

    CCOO exige la retirada de la Circular de Funcionamiento de los EAT Y EOEP para la el curso 2022/2023

    CCOO expone, tras analizar el borrador y recoger las aportaciones de los profesionales, las siguientes cuestiones y consideraciones sobre la Circular de la Dirección General de Infantil, Primaria y Especial relativa al funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica durante el curso 2022/2023:

    Consideración Previa:

    CCOO valora que este curso se trate en la Mesa Sectorial la Circular de Organización y Funcionamiento de los Centros ya que la Circular del curso pasado no pasó por la Mesa Sectorial y CC OO denunció ante el TSJ de Madrid por falta de Negociación Colectiva.

    CCOO solicita que haya una negociación real y no se limite a un mero Trámite de Audiencia para cubrir el procedimiento al que obliga el EBEP.

    CCOO manifiesta que es preciso escuchar a los centros, a los profesionales y a sus representantes para encontrar un modelo de organización y funcionamiento que dé respuesta a las necesidades reales del alumnado y de los centros sin que sea a costa de la sobre carga de trabajo de los profesionales.

    Preguntas previas que se le plantean a la administración:

    • ¿Qué consideran por itinerancias?
    • ¿Qué entienden por “demandas de colaboración” con los centros en el caso de los PTSC?
    • ¿Por qué se han excluido los CEIPSO?
    • ¿Qué ampliación de plantillas de EAT se contemplan para poder asumir la ampliación de carga de trabajo al ampliar los centros que atienden?

    Sobre la Circular

    Consideraciones generales

    • Que no se ha realizado un proceso de evaluación de lo que ha supuesto la aplicación de la misma en el trabajo de los profesionales de este sector.
    • Que sigue confrontando con la normativa de rango superior, la RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2005, del Director General de Centros Docentes, por la que se establece la estructura y funciones de la Orientación Educativa y Psicopedagógica en Educación Infantil, Primaria y Especial en la Comunidad de Madrid.
    • Que esta circular, al igual que la anterior, lleva implícito un cambio del modelo de la orientación y de las condiciones laborales del profesorado, teniendo presente que los pilares en los que se sustentan los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (EOEP generales, específicos y EAT) son la atención a centros, la intervención en el sector y el trabajo interno, tal y como está establecido en sus programaciones.
    • Que supone un cambio fundamental en las condiciones laborales de los profesionales en los mismos términos que la circular emitida para el curso 2021/22.
    • Que se amplía la carga de trabajo de los profesionales y no viene acompañada de memoria económica para la ampliación de plantillas en los distintos perfiles profesionales PT, AL, PTSC y Orientadores.

    Consideraciones específicas

    Destacamos los aspectos por los cuales pedimos la retirada:

    1º. No es real que exista un incremento en todas las plantillas de todos los EOEP Generales, de Atención Temprana y Específicos de la Comunidad de Madrid. De hecho, no ha habido aumento del perfil profesional de PTSC en ninguno de los EOEP en todo el curso.

    2º. En la circular se indica que se tiene en cuenta “la evolución en el tipo e intensidad de los apoyos y opciones de escolarización en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria, con el incremento de los centros de escolarización preferente para alumnado con trastornos generalizados del desarrollo, y el incremento de las unidades de Educación Especial en centros ordinarios de Infantil y Primaria”. No se ha considerado este incremento para aumentar las plantillas en el caso de los PTSC. Y hay zonas que van a aumentar incluso en cuatro nuevos centros de escolarización preferente para alumnado con trastornos generalizados del desarrollo y en dos unidades de Educación Especial y en principio la circular no señala que esto lleve aparejado el aumento de plantilla.

    3º Se establece como otro aspecto a tener en cuenta “La autorización de unidades de primer ciclo de Educación Infantil en algunos centros públicos de Educación Infantil y Primaria, que hace necesario prever su atención por parte de los profesionales de los EOEP de Atención Temprana”. Y no se menciona que se prevea un aumento en la dotación de recursos personales en los EOEP de Atención Temprana.

    4º. Se indica también: “Del mismo modo, dentro del apoyo especializado a los centros, se priorizarán actuaciones encaminadas a la prevención del fracaso escolar del alumnado más vulnerable, en riesgo de repetición y abandono del sistema educativo favoreciendo estrategias que promuevan su aprendizaje y éxito escolar. Esta actuación formará parte del Plan Anual de los EOEP Generales como parte de las funciones a realizar en todos los centros educativos y cobrará especial relevancia en aquellos que escolarizan a un alto porcentaje de alumnado en situación socioeducativa vulnerable, incluyendo aquellos en los que se desarrollan programas destinados a tal fin promovidos u organizados por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid”. Si en este apartado se está refiriendo a los Programas de Unidades de Acompañamiento, estos tienen su propia regulación que implica una dotación específica de recursos: Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas/sectores escolares y centros rurales agrupados, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 21 «Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:

    En el Anexo “Programa de unidades de acompañamiento y orientación, personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas/sectores escolares, y centros rurales agrupados”. Se establece:

    En el Apartado 2, Contexto y Justificación

    El programa de cooperación territorial de Unidades de Acompañamiento y Orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas/sectores escolares y centros rurales agrupados, que se desarrollará durante el período 2021-2024, se plantea como una medida con una función específica: acompañar las trayectorias educativas del alumnado más vulnerable de una zona o sector –desde educación Primaria hasta el final de la ESO y Bachillerato– para prevenir fracasos y promover su aprendizaje y éxito escolar, en colaboración con otros profesionales de la zona o sector, aunque en las Comunidades Autónomas existen recursos de orientación para la atención a la diversidad, prevención del rezago curricular, orientación personal, académica y profesional, y evaluación y asesoramiento psicopedagógico.

    Apartado 3. Objetivos del programa.

    “Con el fin de contribuir a la reducción significativa de las tasas de repetición y de abandono prematuro de la educación y formación, se establecerán plazas de orientadores/as u otro tipo de profesionales del ámbito de orientación con la denominación Unidades de Acompañamiento y Orientación Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable en colaboración con otros profesionales de los servicios de Orientación y asesoramiento psicopedagógico. Las Administraciones educativas, las ubicarán de forma general en los servicios, equipos o recursos multiprofesionales de la unidad administrativa en que tengan organizada la red de centros (zona / distrito escolar / Centros Rurales Agrupados).

    Por otro lado, la dotación de esos Programas de Unidades de Acompañamiento, deben ir acompañados de dotación de recursos del perfil de PTSC, siendo el profesional que realiza su intervención con la población socialmente más vulnerable.

    5º La circular señala que: la atención directa de los componentes de EOEP Generales a los centros se realizará dentro de la jornada lectiva y del horario de los centros a los que atienden. El horario de los profesionales de los EOEP Generales se ajustará al horario de los distintos centros en que se intervenga, a fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones. Esto no va a hacer posible que profesionales que tengan centros de jornada partida puedan coordinarse en sede con sus compañeros. Y sin tener en cuenta que el centro de destino de estos profesionales sigue siendo el EOEP General y no los distintos Colegios de Infantil y Primaria que atiende.

    6º Las coordinaciones con el sector relacionadas con alumnado de los centros educativos que atiende cada profesional se realizarán con carácter general durante el horario de atención a dicho centro. Durante el día semanal de no permanencia en centros se realizarán las coordinaciones generales con el sector no relacionadas con alumnado de los centros educativos que atiende cada profesional, así como las derivadas de la coordinación interna del equipo. De esta manera, la importancia del trabajo de sector queda reducida cuando es uno de los pilares centrales de los EOEP tal y como señala la normativa de rango superior, la Resolución del 28 de Julio de 2005 del Director General de Centros Docentes por la que se establece la estructura y funciones de la Orientación Educativa y Psicopedagógica en Educación infantil, Primaria y Especial en la Comunidad de Madrid, establece, partiendo de normativas previas de regulación de equipos y Leyes de Educación, la consolidación de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (Atención Temprana, Generales y Específicos), como recursos de sector vinculados a los servicios de la zona en la que estén ubicados.

    Igualmente, si se tienen que realizar las tareas de sector, generales en el día de coordinación interna del equipo, se resta tiempo para trabajar todos los aspectos de coordinación, tales como colegiación de dictámenes, trabajo en comisiones, coordinaciones de equipo de centro, (PTSC, Orientador, además de PT y AL en el caso de los EOEP de Atención Temprana.

    Es necesario, disponer del cuarto día de sector en la sede.

    7º La distribución de la jornada semanal de los profesionales de los EOEP Generales (orientadores y PTSC) incluirá, al menos, 24 horas semanales de presencia efectiva en los centros completando con el tiempo de permanencia en la sede y el trabajo de sector las 30 horas semanales de obligada permanencia en el centro. Esto implica que no se tiene en cuenta las horas semanales de permanencia para los profesores de la especialidad de secundaria y la imposibilidad de realizar el trabajo interno y de sector adecuadamente.

    Asimismo, la distribución de la jornada semanal de los profesionales (orientadores y PTSC) de los EOEP de Atención Temprana incluirá, al menos, 20 horas semanales de presencia efectiva en los centros; 25 horas semanales, en el caso de los maestros de la especialidad de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, completando con el tiempo de permanencia en la sede y el trabajo de sector, las 30 horas semanales de obligada permanencia en el centro. Se necesita contar también con los profesionales de pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje para la realización de evaluaciones y programas relativos al sector, debiendo ser su horario el mismo que el resto de profesionales.

    8º Con el fin de facilitar la labor de los profesionales de los EOEP de Atención Temprana y EOEP Generales en los colegios públicos a los que atiende cada uno de ellos y reducir los posibles desplazamientos a la sede del respectivo EOEP, los equipos directivos de los colegios públicos facilitarán un espacio de trabajo estable al orientador y/o PTSC que acudan regularmente al centro, así como, en su caso, a los profesionales de los EOEP de Atención Temprana que atiendan el primer ciclo de Educación Infantil, incluyendo conexión al Sistema Integral Raíces, que permita el trabajo de estos profesionales desde el módulo Necesidades Específicas de Apoyo Educativo. Tenemos constancia de que no se han cumplido en la mayoría de los casos con la posibilidad de facilitar un espacio de trabajo estable y adecuado, y con la conexión necesaria al Sistema Integral Raíces.

    9º Igualmente, los centros se proveerán de las pruebas e instrumentos de evaluación psicopedagógica de uso más frecuente, de modo que se facilite el proceso de evaluación psicopedagógica del alumnado en el propio centro, garantizando la seguridad y custodia de la información recabada durante dicha evaluación y facilitando el desarrollo de jornadas completas en el centro con el objeto de reducir los desplazamientos entre los centros y la sede del respectivo EOEP, así como el traslado de documentación sensible. Es importante que los EOEP, sean centros de recursos, ya que siguen prestando pruebas psicopedagógicas. Por tanto, la dotación de 1000 euros se debe adjudicar a los 164 EOEP, para centralizar las compras y, por tanto, rentabilizar mucho más los recursos.

    10º En cuanto a las itinerancias, el personal de EOEP que tienen que trasladarse a otras localidades no están cobrando la compensación que supone ser una plaza itinerante, hay profesionales que llegan a hacer hasta 200 Kilómetros mensuales.

    11º Los directores de los equipos dispondrán para el cumplimiento de sus funciones y la realización de tareas derivadas de la dirección, además del día semanal de permanencia en sede, de una jornada semanal (en el caso de los equipos con hasta 10 profesionales) y dos jornadas semanales (en el caso de equipos con más de 10 profesionales). Es necesario establecer más franjas. Proponemos que se fije de la siguiente manera:

    • EOEP de hasta 10 profesionales 1 jornada
    • EOEP de 10 a 20 profesionales 2 jornadas
    • EOEP de más de 20 profesionales 3 jornadas

    12º Los profesionales de los EOEP se quejan de tener que relacionarse con la Administración por escrito y con notificaciones electrónicas y no han obtenido ninguna respuesta por escrito ante las peticiones de aclaración que han realizado a lo largo de este curso: Itinerancias, instrucciones, nombramientos PUA, etc.

    13º En cuanto a la jornada laboral que se realizan en los EOEP, los 15 días de julio, está legislado en una normativa actualmente derogada y puesto que tienen que ceñirse al horario de intervención en los centros, debe modificarse en la actualidad, finalizando su jornada laboral como el resto de los colegios de infantil y primaria a 30 de junio. (Orden del 9 de diciembre de 1992 por la que se regulan la estructura y funciones de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica)

    Por todo ello, en cuanto a la Circular, CCOO ha exigido:

    • Retirada inmediata de la Circular de la Dirección General de la Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Educación infantil, Primaria y Especial relativa al funcionamiento de los Equipos de Orientación educativa y psicopedagógica del profesorado implicado y contradecir normativa vigente de rango superior.
    • Evaluación del impacto de la Circular del presente curso.
    • Análisis de la situación de la carga de trabajo de los EAT y EOEP.
    • Ampliación de recursos humanos para poder ampliar la atención al alumnado u reducir las listas de espera.
    • Acompañamiento de la regulación de funcionamiento de los Equipos de Orientación de una memora económica que signifique una ampliación de las plantillas en los distintos perfiles profesionales que trabajan en estos centros: Orientadores, PTSC, PT y AL.

    Los representantes de la administración han manifestado que tomarán nota de nuestras propuestas pero no se han comprometido a nada concreto.

    En cuanto a nuestras preguntas han contestado:

    Itinerancias:

    - Sobre las consideraciones de “itinerancias” nos responden que es cuando un profesional se traslada de un centro a otro.

    - CCOO ante esta respuesta ha exigido el pago de las itinerancias dado que están suponiendo un gasto real que los profesionales han desembolsado y no se les está compensando el gasto.

    PTSC “demandas de colaboración” con los centros: Se refiere a demandas de intervención puntual en los centros.

    CEIPSO

    No han contestado

    Plantillas de EAT: la administración menciona que son solo 46 centros.

    Se cierra la reunión sin que haya compromiso alguno de mantener una negociación estableciendo un calendario. El Director General de Infantil y Primaria dice que estudiaran las propuestas.