Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 22 noviembre 2024.

CCOO considera irregulares los ceses del funcionariado interino docente durante el estado de alarma

    La competencia es de la DAT, pero de hecho son los directores de los centros quienes llevan a efecto los ceses y su notificación.

    02/04/2020.

    CCOO advierte de que los ceses de los funcionarios y funcionarias interinos docentes que se están efectuando en los días de vigencia del estado de alarma deben ser considerados ceses irregulares, ya que se están ordenando a través de llamadas telefónicas desde las DAT con fechas de efectos que no coinciden con la fecha de finalización efectiva de sus funciones, obligando a que sean los directores y directoras quienes lleven a efecto dichos ceses y su notificación, cuando esta competencia está delegada en las DAT por la Dirección General de Recursos Humanos por Resolución de 14 de junio de 2020.

    Es de sobra conocido desde tiempos de la jurisprudencia romana que una competencia delegada no puede ser, a su vez, objeto de delegación en virtud del principio delegata potestas non delegatur, que actualmente figura en artículo 9.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Además, dicha ley advierte de que toda delegación de competencias debe ser publicada en el boletín oficial correspondiente, y no improvisarse.

    Por tanto, CCOO considera que la DAT territorialmente competente debe ser quien acuerde, emita y notifique el cese a los funcionarios y funcionarias interinos docentes en legal forma y desde la fecha real y efectiva en la que se produce el cese efectivo de las funciones docentes, extremos que no se están respetando.

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