Federación de Educación y Servicios Socioeducativos de CCOO de Madrid | 6 mayo 2026.

Publicación de la relación definitiva de integrantes de las bolsas de mejora para ejercer el derecho de opción a mejora de empleo.

    06/05/2026.
    Mejora empleo

    Mejora empleo

    RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de integrantes de las bolsas de mejora para ejercer el derecho de opción a mejora de empleo.Por Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se aprobó y publicó la constitución de las bolsas de mejora para ejercer el derecho de opción a mejora de empleo en el ámbito de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 41, de 18 de febrero de 2026).

    Dicha Resolución habilitó un plazo en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados procedieran a la presentación de sus solicitudes y de la documentación acreditativa que se considerase oportuna.

    Transcurrido el citado plazo, una vez examinadas y valoradas las solicitudes presentadas, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General de Recursos Humanos

    RESUELVE

    Primero

    Aprobar y publicar los listados iniciales de las tres bolsas de mejora de empleo, con las personas candidatas ordenadas por categorías y, dentro de cada una de ellas, por orden de presentación de solicitud, como Anexos I, II y III a esta Resolución, respectivamente.

    Así mismo, se publica la relación de excluidos con la causa de su exclusión (Anexo IV).

    Segundo

    Cada cuatro meses se publicarán las actualizaciones de las bolsas, en función de las solicitudes presentadas hasta el último día del mes inmediatamente anterior y de las variaciones que se hayan producido como consecuencia de su gestión ordinaria.

    Tercero

    Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Madrid, a 23 de abril de 2026.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel J. Zurita Becerril.

    (03/6.539/26)

    Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial. Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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