Federación de Educación y Servicios Socioeducativos de CCOO de Madrid | 2 diciembre 2025.

Quinquenios PDI laboral y negociación de la aplicación de la Sentencia del Supremo

    01/12/2025.
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    Como ya os informamos, en octubre se publicó la sentencia del Tribunal Supremo, estimatoria para los postulados de CCOO, en la que se volvía a reconocer el derecho del PDIL a tiempo parcial a evaluar la actividad docente (quinquenios) sin aplicar coeficiente de parcialidad alguno, que era el fundamento del recurso que presentaron las universidades.

    La sentencia deja claro el derecho a percibir el complemento salarial asociado a la evaluación positiva de la actividad docente en una cuantía anual que varía según la figura docente e investigadora de que se trate y la dedicación desarrollada en cuantía proporcional al tiempo efectivo de prestación de servicios.

    Tras la sentencia, CCOO ha tratado esta cuestión en las reuniones de Comisión Paritaria de 30 de septiembre y 19 de noviembre de 2025, en las que presentamos una propuesta de aplicación.

    En principio se ha alcanzado un acuerdo para:

    • Incluir en las convocatorias de evaluación de la actividad docente del año 2025 el derecho del PDI Laboral a tiempo parcial a someter su actividad docente realizada cada 5 años sin aplicar coeficiente de reducción alguno.
    • En caso de evaluación positiva, el PDI Laboral a tiempo parcial tendrá derecho a adquirir y consolidar por cada una de ellas un complemento por méritos docentes.

    Estos criterios ya figuran en las convocatorias de UCM y UPM, estando pendientes de la publicación de la convocatoria en el resto de universidades para verificar su cumplimiento.

    Siguen siendo objeto de negociación:

    • Las cantidades a aplicar en función de la dedicación docente. Desde CCOO defendemos que la proporcionalidad debe calcularse a partir de la figura del Profesorado Contratado Doctor considerando únicamente el elemento que se evalúa, la dedicación docente.
    • Aplicación de la sentencia a quienes hayan obtenido una evaluación positiva desde la primera convocatoria que reconocía este derecho. Pedimos tranquilidad al PDIL a tiempo parcial con evaluaciones positivas obtenidas en convocatorias anteriores ya que, en caso de tener que presentar finalmente una reclamación individual, el plazo es de un año desde septiembre de 2025 (notificación de la sentencia).

    Seguiremos informando puntualmente del estado de la negociación, que esperamos poder culminar en un plazo razonable.

    Toda la información a través del enlace a CCOO Informa nº 49