Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 20 octubre 2025.

Técnico Especialista I, Especialidad Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C)

    20/10/2025.
    Integrador Social

    Integrador Social

    CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 12 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en los procesos selectivos para el acceso, por el sistema de acceso libre y por el sistema de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Especialidad Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se publican las relaciones provisionales de excluidos y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada.

    Advertido error material en el Anexo III de la Resolución de 12 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en los procesos selectivos para el acceso, a través del sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, se modifica el citado Anexo III en el que se publica la relación de las personas aspirantes que han solicitado adaptación, por el sistema de turno libre, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la/s adaptación/es solicitada/s, se publica modificado el citado Anexo III, en los siguientes términos:

    Dado en Madrid, a 6 de octubre de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.

    (03/16.267/25)

    Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial. Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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